Altres assumptes Tributaris / Otros asuntos tributarios
Ficha Informativa
RECTIFICACIÓN ERRORES/ DEVOLUCIONES DE INGRESOS INDEBIDOS
Solicitud de anulación, rectificación o devolución de ingresos debidamente motivado
Plazo de presentación
Todo el año, siempre que no haya prescrito el derecho, en el plazo de 4 años.
Lugar de presentación
a) Sede Electrónica.
b) Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIA) y las propias dependencias del servicio sitas en calle San Francisco , 6
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados de las Administraciones Públicas y otros que puedan establecerse).
Documentación a aportar
- Solicitud debidamente cumplimentada preferentemente en el modelo normalizado municipal, indicando medio para las notificaciones
- Autorización en caso de representante, en caso de no poder asistir el titular
- Ficha mantenimiento de terceros o certificado bancario, en el caso que solicite la devolución de la parte proporcional
Documentación adicional:
Cualquier documento que fundamente la solicitud.Instancia General Normalizada
Solicitud de anulación, rectificación o devolución de ingresos debidamente motivado
Plazo de presentación
Todo el año, siempre que no haya prescrito el derecho, en el plazo de 4 años.
Lugar de presentación
a) Sede Electrónica.
b) Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIA) y las propias dependencias del servicio sitas en calle San Francisco , 6
c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:
a) Personas jurídicas.
b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados de las Administraciones Públicas y otros que puedan establecerse).
Documentación a aportar
- Solicitud debidamente cumplimentada preferentemente en el modelo normalizado municipal, indicando medio para las notificaciones
- Autorización en caso de representante, en caso de no poder asistir el titular
- Ficha mantenimiento de terceros o certificado bancario, en el caso que solicite la devolución de la parte proporcional
Documentación adicional:
Cualquier documento que fundamente la solicitud.Instancia General Normalizada
Otra documentación a presentar
DOCUMENTACIÓN |
SEGURO |
INSTANCIA SOLICITUD |
Lugares de Atención
Nombre | REGISTRO GENERAL |
Dirección | |
Horarios de Atención | |
Correos Electrónicos | |
Teléfonos |
Nombre | REGISTRO GENERAL AUXILIAR |
Dirección | |
Horarios de Atención | |
Correos Electrónicos | |
Teléfonos |
Nombre | REGISTRO GESTIÓN TRIBUTARIA |
Dirección | |
Horarios de Atención | |
Correos Electrónicos | |
Teléfonos |
Nombre | REGISTRO GESTIÓN TESORERÍA |
Dirección | |
Horarios de Atención | |
Correos Electrónicos | |
Teléfonos |